La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo pública esta semana su decisión del pasado 22 de noviembre de 2016 en el Caso Ana Teresa Yarce y otras –  Comuna 13.  Las cinco lideresas y sus familias desde la fecha de ocurrencia de los hechos hasta hoy, han estado representadas por el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos GIDH.

Esta decisión es la primera en que la Corte Interamericana condena a Colombia por violaciones de derechos humanos cometidas contra mujeres lideresas comunitarias y defensoras de derechos humanos, y la primera condena internacional por los hechos ocurridos en la comuna 13 de Medellín durante las operaciones militares y bajo el estado de conmoción interior en el año 2002.

De acuerdo con la sentencia, la Corte consideró que todos los hechos de violencia cometidos contra las cinco mujeres, se dieron por su condición de lideresas comunitarias y en un contexto de violencia contra las mujeres defensoras de derechos humanos que se tradujo en una situación de riesgo para ellas, sin que el Estado hubiera hecho algo para evitarlo.

María Victoria Fallon, abogada y directora del GIDH, destacó que “la sentencia analiza la situación de la comuna 13, así como el contexto de riesgo para las defensoras de los derechos de las mujeres en Colombia; y el desplazamiento forzado y su impacto especifico en las mujeres. Es la primera vez que un tribunal internacional analiza este contexto y sus consecuencias para las mujeres defensoras de derechos humanos. Es ese sentido, esta sentencia constituye la primera condena internacional por el asesinato de una lideresa defensora de derechos humanos y otorga responsabilidad por la violación a la Convención de Belem Do pará”.

En este caso la Corte consideró que el Estado faltó a su obligación de garantizar la vida e integridad de la lideresa Ana Teresa Yarce y que violó entre otros, los derechos a la libertad, la integridad y la libre Asociación de las lideresas Socorro Mosquera, Mery Naranjo, Luz Dary Ospina y Miriam Rúa,  pues no les garantizó los medios necesarios para que como integrantes de distintas organizaciones sociales y comunitarias pudieran realizar libremente sus actividades como defensoras de derechos humanos.

Además, la Corte desestimó las excepciones del Estado de Colombia para que ese Tribunal no conociera de los hechos, comprobó la responsabilidad del Estado porque cometió un ilícito internacional, es decir que violó sus obligaciones internacionales, y no aceptó las argumentaciones de Colombia que pedía a la Corte, en todo caso no reparar a las víctimas, sino remitirlas al trámite interno de la Ley de Víctimas.  La Corte ordenó reparaciones integrales y fijó ella misma las modalidades y montos de reparación.

En palabras de Patricia Fuenmayor, integrante del GIDH “la sentencia de la Corte IDH llega en un momento histórico para Colombia, en su sueño de construir la Paz, pues reconoce las consecuencias nefastas y los daños particulares que ha generado el conflicto colombiano para las mujeres defensoras de derechos humanos, y le da la oportunidad de reparar integralmente a estas mujeres y que este sea el mejor camino de reconciliación”.

Antecedentes del caso

Los hechos materia de este casos se produjeron a partir del año 2002, por orden directa de la Presidencia de la República, en ese momento en manos de Álvaro Uribe, cuando fuerzas conjuntas del Ejército, la Policía, la Fuerza Aérea, el DAS, el CTI y la Fiscalía, ingresaron violentamente a la Comuna 13 de Medellín, para retomar el control de la zona y entregarla al Bloque Cacique Nutibara de las Autodefensas Unidas de Colombia, que para entonces empezaba a planear su supuesta desmovilización.

En ese marco, ocurrieron múltiples violaciones de derechos humanos, detenciones masivas, desplazamientos, despojos de viviendas, desapariciones forzadas y asesinatos como el de la lideresa Ana Teresa Yarce, todos ellos con la participación directa o con la complicidad del ejército y la policía.